Acceso clientes
Últimas versiones
- Baseges Win 32 12.4.177805.03.2012
- Baseges SQL 10.3.177205.03.2012
- Pimesoft SQL 10.4.176605.03.2012
|
Lucha contra la morosidad, Ley 15/2010
19/05/2011
|
| MEDIDAS DE LUCHA CONTRA LA MOROSIDAD EN LAS OPERACIONES COMERCIALES. En el BOE del 06/07/2010 se ha publicado la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Esta Ley modifica la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, así como la Ley 30/1997, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Esta ley no será de aplicación a: a) Los pagos efectuados en las operaciones comerciales en las que intervengan consumidores. b) Los intereses relacionados con la legislación en materia de cheques, pagarés y letras de cambio y los pagos de indemnizaciones por daños, incluidos los pagos por entidades aseguradoras. c) Las deudas sometidas a procedimientos concursales incoados contra el deudor, que se regirán por lo establecido en su legislación especial.
Ámbito de aplicación: Todos los pagos efectuados como contraprestación en las operaciones comerciales realizadas entre empresas, o entre empresas y la Administración, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como las realizadas entre los contratistas principales y sus proveedores y subcontratistas.
1.- SECTOR PRIVADO La ley modifica artículos de la ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Entre las principales modificaciones:
Desde la entrada en vigor de esta ley y 31/12/2011: Será de 85 días siguientes a la recepción. Entre el 01/01/2012 y 31/12/2012: Será de 75 días siguientes a la recepción. A partir de 01/01/2013: Será de 60 días siguientes a la recepción.
2.- SECTOR PÚBLICO. CONTRATOS CON LA ADMINISTRACIÓN La ley modifica artículos de la ley 30/1997, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Entre las principales modificaciones:
Desde la entrada en vigor de esta ley y 31/12/2011: Será de 55 días siguientes a la fecha de las certificaciones de obra. Entre el 01/01/2012 y 31/12/2012: Será de 50 días siguientes a la fecha de las certificaciones de obra. A partir de 01/01/2013: Será de 30 días siguientes a la fecha de las certificaciones de obra.
Desde la entrada en vigor de esta ley y 31/12/2011: 120 días. Entre el 01/01/2012 y 31/12/2012: 90 días. A partir de 01/01/2013: 60 días.
ASPECTOS GENERALES
NOVEDADES EN LA APLICACIÓN BASEGES
1.- Datos de control En datos de control se añade una casilla de verificación denominada "Aplicar la ley 15/2010 lucha contra la morosidad en operaciones comerciales". El sistema solamente aplicará el comportamiento que requiere la ley cuando esté marcada dicha casilla. Los clientes que ya son usuarios de la aplicación y quieran la adecuación, deberán marcarla implícitamente. Para los usuarios que hayan adquirido la aplicación a partir del 1 de enero de 2011, en el momento de la instalación y creación de empresas, el sistema marcará esta opción por defecto.
2.- Formas de pago Se añade una nueva casilla de verificación denominada "Omitir la aplicación de la ley 15/2010 contra la morosidad en esta forma de pago".
Esta casilla solamente aparece cuando en datos de control de la empresa está marcada la casilla de activación de la ley de morosidad. Caso contrario, ni aparece ni se toma en cuanta durante el proceso de facturación. Esta casilla básicamente permite cierto "juego" con los documentos pendientes de facturar, porque en un entorno adaptado a la nueva ley, permite facturar con las características anteriores configurando apropiadamente la forma de pago. En esta pantalla también se incluye una comprobación con finalidad meramente informativa, la cual indicará, mediante un mensaje, que los días de las fracciones de vencimiento que correspondan, exceden de los 60 días que fija la ley. Esta comprobación se realiza en el alta y modificación tras pulsar el botón de guardar. Se permitirá seguir y completar la acción de guardado o cancelar para que el usuario pueda realizar los cambio oportunos.
3.- Proceso de facturación Cuando se habilita la opción de activación de la ley de morosidad, varía la fecha a partir de la cual se calcula el vencimiento. La aplicación calculará en todos los casos el vencimiento a partir de la fecha base de cálculo para vencimientos que se añadirá a la factura. El sistema tiene que actuar de la siguiente manera. Se atiende a la forma de pago que corresponda, para ver si se trata de una excepción a la ley, para que el proceso se adecue a dicha característica. Si se factura un solo albarán, la fecha que se toma es la fecha del albarán (no la de la factura). Si se factura una agrupación de albaranes, se toma como fecha para el cálculo de los vencimientos la fecha media (se suma a la fecha menor de los albaranes la mitad de los días que quedan de restar la fecha superior de la fecha menor de los albaranes). Cuando se crea el registro de la factura emitida se guardan tres fechas que servirán para mejorar la comprensión en el documentos.
Tras generarse la factura se pueden dar diferentes situaciones que el sistema resuelve de la siguiente manera: Este sistema hará que en ocasiones se generen efectos a cobrar ya excedidos. Si se da esta circunstancia, se considerará como fecha de vencimiento la fecha de la factura. Puede pasar también que se generen efectos en donde la fecha de vencimiento sea superior a los 60 días (porque en la forma de pago está definido así o porque la fecha calculada por el sistema esté comprendida en un mes de no pago o sea un día de no pago). En estos casos la fecha de estos efectos se ajustará a los 60 días que marque la ley. |
Actualidad




