Inicio Actualidad Nos interesa Cómo generar el fichero para presentar el MODELO 347

La declaración anual de operaciones con terceros es de obligada presentación para quienes hayan realizado operaciones con terceros por cuantías superiores a los 3.005,06 euros.

Las aplicaciones de gestión de Programación Integral (BaseGes Win32, BaseGes SQL, BaseGes Distribución, PimeSoft, PimeSoft SQL….), permiten generar de forma automática el fichero del Modelo 347 para remitir a Hacienda, en tres sencillos pasos:

Los datos con los que se crea el fichero son extraídos de la Gestión Comercial, no de la Gestión Contable, por lo que es necesario que las facturas estén registradas en Facturas de ventas y en Facturas de compras.

Paso 1.-  Accederemos a Contabilidad – Emisión informes – Declaración anual de operaciones con terceros.

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Paso 2.- En la pantalla deberemos indicar las fechas, en este caso del 1/01/10 al 31/12/10.

Le diremos Calcular s/ importe facturas, lo que nos calculará los importes de clientes y de proveedores, y a continuación Generar soporte.

  Generar_347

Paso 3.-  Por último guardaremos el fichero generado, para ser capturado por el programa de Plataformas Informativas de Hacienda y enviado telemáticamente. 

 

Más información sobre el Modelo 347:

¿Quién tiene que presentar el Modelo 347?

Están obligados a presentarlo las personas físicas o jurídicas, públicos o privadas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (entidades en atribución de rentas), que desarrollen actividades empresariales o profesionales. 

También, las sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades que, entre sus funciones, realicen la de cobro, por cuenta de sus socios, asociados o colegiados, de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad intelectual, de autor u otros estarán obligadas a declarar.

¿Qué se declara en el Modelo 347?

Cualquier tercero con el que se haya tenido operaciones que en su conjunto supere los 3.005,06 euros durante el año natural, computando de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios.

¿Tiene algún coste?

La declaración de operaciones con terceros no implica ningún gasto o movimiento económico sino que representa una información suministrada a la Hacienda Pública sobre los movimientos económicos con otras entidades u organismos que al cabo del año hayan superado los 3.005,06 euros.

¿Cuándo se declara?

El plazo de presentación es entre el 1 y el 31 de marzo de 2011, sobre datos del año 2010.
 

¿Qué pasa si no lo presento?

Si no se presenta se está cometiendo una infracción tributaria tipificado en el artículo 93 y 94 del LGT con una sanción pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que se haya omitido, con un mínimo de 300 y un máximo de 20.000 euros.

 

Programación Integral S.A.

Teléfono: 902 364 364 • Fax: 902 103 541 • Email: pi@baselec.es

Central: C/ Covandonga, 8. 22500 BINÉFAR (Huesca)

Delegaciones: BARCELONALLEIDA MADRID ZARAGOZA

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